Trámites Habituales

Administración

Juan E. de la Fuente N° 826 / (02243) 459000. Interno 234 (Mesa de Entradas); Interno 242 (Expedientes); Interno 220 (Archivo)

En la Atención al Público existente en la sede de la Dirección de Ingresos Públicos, se presentan todas las notas que dan inicio a trámites de Expedientes Administrativos, en los días y horarios antedichos. 

Asesoría Legal

Juan E. de la Fuente N° 826 - Edificio Anexo al Palacio Municipal / (02243) 45-9000. Interno 219

Para tramitar está operatoria y poner al resguardo a la vivienda de posibles embargos, se debe presentar:

DNI del/os titular/es de dominio en original y fotocopia simple.
Acreditar el estado civil del/os titular/es.
Acreditar el vínculo del titular con los/as beneficiarios/as -si los hubiere- en original y fotocopia simple.
Testimonio/s de dominio inscripto (escritura, declaratoria de herederos, adjudicación, subasta, etc.) en original.

Fotocopia del Boleto de Compra-Venta, convenio de donación y sus cesiones (en caso de existir). Si no lo tenés, podés adquirirlo en una librería.
Formulario con los datos personales de vendedores/as y/o apoderados/as.
Formulario de autorización del vendedor/a y/o apoderado para escriturar de acuerdo a lo establecido por la Ley 10.830.
Formulario con los datos personales de compradores y/o apoderados/as.
Declaración Jurada de Vivienda Única y Ocupación Permanente.
Fotocopia de los D.N.I de compradores/as, vendedores/as y apoderados/as.
CUIT/CUIL/CDI según corresponda del comprador/a, vendedor/a y apoderado/a.
Fotocopia de la escritura anterior (la que está a nombre del vendedor/a o su original).
Certificado de cancelación de deuda expedido por el vendedor/a (en caso de corresponder).
Si el inmueble se ha originado por subdivisión posterior al título de propiedad, presentá una copia del plano.

Justificación de tu estado civil, acompañando:
Si sos viudo/a, copia certificada o partida de defunción.
Si sos divorciado/a, testimonio de la sentencia judicial.
Si sos casado/a, copia del certificado o partida de matrimonio.
Si tenés unión convivencial, copia con la inscripción en el Registro de las Personas.

Si para efectuar la escritura traslativa de dominio el bien se debe afectar primero a propiedad horizontal, tenés que incluir:
Plano de Propiedad Horizontal entelado.
Planillas de coeficientes.
Fotocopia de un impuesto de ARBA o constancia de valuación fiscal.
Para poder escriturar, la valuación fiscal de la vivienda tiene que ser igual o menor que $1.300.000 y la del terreno igual o menor que $ 650.000.

Beneficios (dentro de requisitos para escriturar)
Gratuidad en el trámite.
Seguridad Jurídica que garantiza un Título Perfecto.
Condonación del Impuesto Inmobiliario.
Exención de Sellos y Tasa Retributiva de Servicios.
Tasas Municipales: La condonación de este impuesto depende de que cada Municipio dicte una Ordenanza al respecto. No obstante, la Escribanía General de Gobierno, no se encuentra obligada de percibir el pago de la deuda que por dicho impuesto existiere al momento de la escrituración, lo cual no implica que la misma desaparezca.

Cultura, Deporte y Educación

Sede Casa de la Cultura “Miguel Briante” - Rodríguez Peña y Av. Larrea / (02243) 453060

Inscripción para Talleres Culturales (EMTA). Inscripción para Juegos Bonaerenses. Inscripción para Orquesta Escuela. Venta de entradas para Festival Mayor de Tango y Folklore. Venta de entradas para obras teatrales y espectáculos musicales.

Inscripción en el Listado Unido de Artistas Locales.

Solicitud de vehículos para traslados de instituciones deportivas, e intermedias de nuestra ciudad. Los pedidos se realizan al Director de Deportes, por nota de la institución que la solicita, incluyendo toda la información que es necesaria para nuestra organización: Fecha, hora y lugar de salida, y el destino al cual hay que trasladarlos.

La misma se realiza en el mes de diciembre y la documentación requerida es: Dni (fotocopia), Certificados de vacunas al día y planilla de inscripción (la misma es elaborada por la Jefatura Distrital).Se extiende desde la Dirección un comprobante de inscripción a todos los ingresantes y un carnet a los 90 primeros, garantizando el uso de los vehículos municipales de forma gratuita.

Desarrollo Sustentable

Avenida San Martín y Rivadavia -Predio de Casa de Campo y Galpón del Ex Ferrocarril. / (02243) 45-2140

Teléfono: (02243) 45-2140

Poda y conducción de arbolado.
Reclamos.

Teléfono: (02243) 45-2140

Control de vectores y plagas.
Pedidos y reclamos de recolección de residuos.
Promoción de energías renovables.
Punto Verde.
Gestión integral de residuos solidos urbanos.
Análisis de agua y triquinosis.
Vacunación antirrábica.
Raee (residuos electrónicos).
Bio (Aceite).
Pilas.

Teléfono: (02243) 45-2140/4134
Los siguientes son los Requisitos Generales para las habilitaciones más habituales de Comercios, los que se establecen en el Código de Habilitaciones Comerciales (Ordenanza 102/2018):

Fotocopia de DNI, primera, segunda hoja y cambio de domicilio; en caso de Personas Jurídicas deberá presentar Fotocopia legalizada de los Estatutos y Acta de asignación de cargos. Para la realización del trámite mediante un Apoderado, presentará su poder con incumbencias acordes con firma legalizada.

Copia certificada de documentación que acredite propiedad del inmueble (Escritura, boleto de compra venta).

Contrato de alquiler comercial vigente, con sellado fiscal o Contrato de Comodato vigente, apto para uso comercial, con firmas certificadas.

Copia de Planos Aprobados e Inscriptos en el Municipio que deben coincidir con la construcción vigente.

De no contar con Planos deberá presentar Informe Técnico de un Profesional con incumbencias donde establezca que el inmueble no corre riesgos estructurales y se encuentra apto para la actividad comercial. (Solicitar modelo de nota en esta oficina)

En el caso anterior adjuntar una nota de compromiso a presentar los planos en un plazo de 60 días.

Constancia de inscripción en la AFIP.

Constancia de inscripción en Ingresos Brutos.

Fotocopia de recibo de ABL o Impuesto Inmobiliario ARBA.

Libre Deuda Municipal (Del titular de la habilitación y del lugar donde se habilita el comercio).

Convenio de Adhesión a la tasa por Seguridad e Higiene, SISTEMA SIATSECH.

1 Cuaderno de 48 hojas.

Infraestructura del local comercial:

Un Baño como mínimo. Cuando el comercio se encuentre en un local perteneciente a la vivienda de su propiedad ó que alquila puede utilizar el baño de la casa, siempre que tenga la posesión total del inmueble.

Pileta lavamanos.

Paredes revocadas.

Cielorrasos en buen estado.

Piso de material.

Todos los ambientes deben poseer correcta ventilación.

En la Cartelera se deberá indicar expresamente el rubro habilitado sin ambigüedades que puedan generar confusiones.

Seguridad del local comercial:

Luces de Emergencia.

Informe Técnico firmado por profesional donde se indica la cantidad y ubicación de Matafuegos.

Matafuegos con carga actualizada.

Instalación Eléctrica: disyuntor diferencial y llave térmica.

Botiquín de primeros auxilios.

Carritos de Venta de panchos, pochoclos y facturas:

Fotocopia DNI.

Libre deuda municipal.

Libreta sanitaria.

Inscripción en AFIP.

Habilitación Municipal bromatológica del vehículo ambulante que se renovara cada 6 meses.

Curso de Manipulación de Alimentos.

En caso de facturas deberán provenir de una panadería habilitada.

Locales vinculados a productos alimenticios:

Los locales en todo momento deben ser mantenidos en óptimas condiciones de higiene, no siendo permitido su utilización con ningún otro destino.

En los locales donde se manufacturen o vendan productos alimenticios no será permitido escupir, fumar, mascar tabaco, chicle o comer.

Los productos elaborados como las primeras materias y los envases deberán mantenerse en soportes o estantes adecuados, separados del piso a una altura no menor de 0,30 metros.

La autoridad sanitaria podrá ordenar el aseo, limpieza, blanqueo y pintura de los mismos, cuando así lo considere conveniente.

Todos los comercios que expendan productos de fácil alteración por calor deberán poseer un sistema de refrigeración adecuado para conservarlos.

Los obreros y empleados de los comercios de alimentos deberán cuidar en todo momento su higiene personal a cuyo efecto los propietarios de aquellos deberán proveer las instalaciones y elementos necesarios.

Las personas que intervengan en la manipulación y conducción de producto alimenticios, deberán vestir uniformes (blusa, saco o guardapolvos) y gorros de color blanco o crema, lavables y renovables. Estas piezas de vestir deberán encontrarse en todo momento en perfectas condiciones y aseo.

Todas las personas que trabajan en el lugar debe poseer libreta sanitaria actualizada.

Las firmas comerciales están obligadas a combatir la presencia de roedores e insectos por procedimientos autorizados, más allá de los programas municipales al respecto. Deben excluirse de los mismos, perros, gatos, u otros animales domestico.

Los establecimientos vinculados a la manipulación de alimentos debe realizar la limpieza y desinfección de sus tanques de agua una vez por año exponiendo el certificado a la vista del público.

Aquellos establecimientos que no cuenten con agua de red deben realizar un análisis bacteriológico del agua cada 6 meses y uno fisicoquímico de forma anual. Los certificados deben estar expuestos a la vista del público.

Los comercios deberán exhibir: cartel de prohibido fumar, certificado anual de limpieza y desinfección de tanques, certificado de análisis de agua si corresponde, certificado de desratización y desinfección mensual.

Cocinas habilitadas:

Las paredes interiores de la cocina se revestirán con friso de azulejos u otro material similar, hasta una altura no menor que 2 m medidos desde el piso. Puede utilizarse, en los casos que la Dirección apruebe, pintura epoxi de fácil limpieza.

Deberán ser visibles por el público concurrente o disponer de fácil acceso para que ésta pueda observarla dentro del horario de funcionamiento.

Sobre los artefactos destinados a la cocción de los alimentos, deberá instalarse una campana, conectada al ambiente exterior, para la evacuación de humo, vapor, gases y olores. La Dirección podrá autorizar el reemplazo de la campana por un sistema de ventilación que cumpla igual finalidad y que haya merecido aprobación. En todos los casos deberán contar con salida a los cuatro vientos.

Contará con piletas de material impermeable y liso o de acero inoxidable de medidas no inferiores a 1 m de largo, 0,60 m de ancho y 0,30 m de profundidad, con servicio de agua caliente y fría y desagüe a la red cloacal.

Las mesadas donde se trabaje con alimentos serán de un material que permita el aseo. No se permitirán mesadas de madera, e tal caso deberán estar revestidas de una plancha de material acorde.

Las cocinas estarán separadas en su totalidad del lugar de despacho al público.

Conservación y Venta

El fraccionamiento permitido de alimentos debe realizarse en el acto de su expendio y directamente del envase original y a la vista del comprador.

Los alimentos no envasados se conservarán en vitrinas adecuadas que impidan la acción del medio ambiente.

Se permite la venta de bebidas alcohólicas en el horario de 8 a 21 hs. siempre a mayores de 18 años.

Se permite la venta de productos envasados dispuestos en estanterías separadas.

Teléfono: (02243) 45-2805

Huerta-vivero municipal.
Becas municipales.
Programas de Financiamiento.
Producciones alternativas.
Emprendedores.
Sala de servicios gastronómicos.

Teléfono: (02243) 45-2805

Monotributo social.
Ley Alas (Excencion de ingresos brutos).
Presentacion de declaraciones juradas de Ingresos a Exentos (Ley ALAS).
Programas de empleo joven.
Programa PROMOVER.
Programa de Empleo Independiente (PEI).
Intermediación laboral (Bolsa de empleo).
Capacitaciones a emprendedores.
Oficina de Discapacidad.

Teléfono: (02243) 45-3100

Numero distrital (Camiones).
Actualización de stock ganadero.
Guías de traslado de animales.
Boleto de marcas y señales.
Certificados de adquisición y remisión a ferias.
Reducción a marca propia.
Reducción a marca p/venta.
Guías de cuero.
Permiso marcación y señalada.

Ingresos Públicos

Moreno N° 776 entre Juan E. de la Fuente y Rivadavia. / (02243) 45-9000 Interno 247

Desde mediados del mes de noviembre de cada año se puede tramitar el Abono para toda la temporada.
Los requisitos son:
• Fotocopia del DNI.
• 1 foto por abonado 4×4
• Costo que se establece para la temporada de acuerdo a los valores fijados en la ordenanza.
• No poseer deudas por tal concepto. Dicho requisito se extenderá a todos los integrantes del grupo familiar incluidos en el abono que mantenga el saldo deudor de la Pileta Municipal abierta.

Para toda alta de Motovehículos, el titular estará obligado a solicitar su inscripción en el Registro que lleva la Dirección de Ingresos Públicos Municipal, dentro de los treinta (30) días de su registración en la Dirección Nacional de Registro de Propiedad Automotor. Para el caso de vehículos provenientes de otras jurisdicciones a partir del día en que opera el cambio de radicación, debiendo presentar para esto último, la baja y libre de deuda del municipio de origen.
Cumplido dicho requisito, se deberán abonar las cuotas que venzan con posterioridad a dicha fecha y la parte proporcional a la cuota vencida con anterioridad.

para solicitar informacion

Whatsapp: 2243-401884
ingresospublicoscementerio@generalbelgrano.gob.ar

Es con turno previo, ingresando a www.dnrec.jus.gov.ar, el solicitante completa el formulario, lo imprime y abona en Bapro, o Banco Nación, el día asignado del turno, se presenta con ese formulario pago, DNI original y fotocopia.

La escribanía deberá presentar Formulario por triplicado donde conste número de inmueble.
Certificado común / Certificado Urgente / Envío por correo, todos ellos con costo.

El titular del tributo deberá presentar su DNI.
En el caso de los inmuebles si el solicitante no es titular ni responsable de pago, deberá firmar declaración jurada la cual tendrá un costo.

Cuando se traté de deudas de Tasas de ejercicios anteriores, se deberá iniciar Expediente y cumplimentando la documentación que para cada caso se indica, se elevará para el tratamiento del Honorable Concejo Deliberante, que en los términos establecidos por la Ordenanza 71/2016 aprobará o rechazará lo solicitado por el contribuyente.

Jubilados y Pensionados:
Ser propietario o responsable de pago de vivienda única, de ocupación permanente y propiedad exclusiva y habitar en dicha vivienda, no pudiendo poseer terreno y/u otra propiedad ni a su nombre ni al de su cónyuge.
Ser jubilado o pensionado, percibiendo como único ingreso del grupo familiar, que habita la vivienda afectada, como máximo, el haber de jubilación mínima, establecida por el ANSES y/o IPS.
No poseer vehículos automotores de uso personal de una antigüedad menor a 12 años a la fecha de solicitud de la exención.

Mayores de 65 años e imposibilitados físicamente:
Ser propietario o responsable de pago de Tasa SUM de vivienda única, de ocupación permanente y propiedad exclusiva y habitar en dicha vivienda, no pudiendo poseer terreno y/u otra propiedad ni a su nombre ni al de su cónyuge.
No poseer jubilación Ordinaria y/o pensión.
No poseer actividad económica propia o en relación de dependencia.
Acreditar imposibilidad física que impida llevar a cabo actividad laboral, certificada por médico del Hospital Municipal.

Integrantes del cuerpo activo de Bomberos Voluntarios:
Ser propietario o responsable de pago de Tasa SUM de vivienda única de ocupación permanente y propiedad exclusiva, y habitar en dicha vivienda, no pudiendo poseer terreno y/u otra propiedad ni a su nombre ni al de su cónyuge.
Acreditar fehacientemente ser integrante del Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios.

Instituciones de bien público:
Ser titular del Inmueble, terreno y/o campo deportivo.
Poseer Personería Jurídica.
Estar inscripto en el Registro de Entidades de Bien Público Municipal.
Deberán presentar: el último balance aprobado por Asamblea, fotocopia certificada del Libro de Actas donde conste la elección de las actuales autoridades.

Familias carenciadas:
Ser propietario o responsable de pago de Tasa SUM de vivienda única de ocupación permanente y propiedad exclusiva, y habitar en dicha vivienda, no pudiendo poseer terreno y/u otra propiedad ni a su nombre ni al de su cónyuge.
No tener el grupo familiar, un ingreso superior al Salario Mínimo, Vital y Móvil.

Ex Combatientes de la Guerra de Malvinas:
Ser propietario o responsable de pago de Tasa SUM, de vivienda única, de ocupación permanente y propiedad exclusiva y habitar en dicha vivienda, no pudiendo poseer terreno y/u otra propiedad ni a su nombre ni al de su cónyuge.
El solicitante deberá ingresar, la solicitud de exención con copia de su DNI.
Acompañar copia del Instrumento que acredite la propiedad de su inmueble.
Acompañar copia de la Constancia que acredite haber participado en el mencionado conflicto bélico.

En TODOS LOS CASOS QUÉ PARTE DE LA PROPIEDAD DECLARADA por el beneficiario ha sido alquilada para local comercial u otro destino, no procederá la condonación de la deuda.-

El interesado en formular la Denuncia Impositiva de Venta y, en su caso, el adquirente, deberán presentarse ante la Dirección de Ingresos Públicos de la Municipalidad, provistos de su documento de identidad y de la documentación que acredite las representaciones invocadas, si las hubiere, juntamente con toda la documentación solicitada en la presente
En dicha oportunidad deberá suscribirse el formulario "Denuncia Impositiva de Venta Automotor o Motovehículos". El mismo deberá contener la firma del denunciante y/o denunciado certificada por un agente de la Dirección de Ingresos Públicos de esta Municipalidad, escribano público, Registro Público de Comercio, Jueces de Paz o entidades bancarias. De tratarse de representantes, deberá acompañarse, además, copia del instrumento que acredite la representación invocada.
Serán requisitos para efectuar la Denuncia Impositiva de Venta, los que se detallan a continuación:
- No registrar deudas provenientes del Impuesto a los Automotores y/ Motovehículos con relación al objeto de la venta.
En el caso de obligaciones corrientes, deberán abonarse las cuotas cuyo vencimiento opere hasta el último día del mes en el cual se formula la Denuncia Impositiva de Venta, incluso en los casos en los cuales el vencimiento de las mismas se produzca con posterioridad a la fecha en la cual se realiza la citada Denuncia.
Cuando se trate de deudas incluidas en algún régimen de regularización, a los fines de tener por cumplimentado el requisito mencionado en el primer párrafo anterior, deberá ser cancelado el plan de pagos en su totalidad a la fecha en la cual se realiza la Denuncia.
- Cumplir el trámite de la Denuncia de Venta ante la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, de conformidad con las reglamentaciones que establezca el citado organismo.
- Boleto de compraventa
- Constancia de intimación por carta documento (y su correspondiente acuse de recibo) efectuada al adquirente denunciado, indicando su calidad de nuevo responsable tributario y requiriendo formalizar la transferencia ante el respectivo Registro Seccional de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios.
Se prescindirá de lo indicado en el punto anterior, en el caso de que la presentación de la Denuncia Impositiva de Venta sea efectuada por el titular registral juntamente con el adquirente del vehículo automotor.
En todos los casos, la fecha de efectiva vigencia de la limitación de responsabilidad tributaria para el denunciante, resultará coincidente con la de la fecha de presentación que el mismo efectúe ante la Dirección de Ingresos Públicos Municipal. Sólo cuando se verifique el cumplimiento de la totalidad de los requisitos correspondientes, se entregará a los interesados la constancia de la Denuncia Impositiva de Venta formulada, debidamente intervenida por el Dirección de Ingresos Públicos Municipal
La falsedad de los datos denunciados y/o de la documentación acompañada en oportunidad de formular la Denuncia Impositiva de Venta, inhibirán los efectos limitativos de responsabilidad fiscal.
En caso de error imputable al denunciante que imposibilite la notificación al nuevo responsable, la Denuncia Impositiva de Venta no tendrá efectos mientras el error no sea subsanado por aquel.

1) Personas Con Discapacidad
a) Acreditar ser propietario de un único vehículo, por el cual se solicita exención, acompañando título del mismo.
b) Acompañar copia de la Licencia de Conducir.
c) Fotocopia del DNI del Solicitante.
d) Acompañar certificado de Discapacidad vigente, emitido por autoridad competente. Ya sea el titular y/o un beneficiario deberá acreditar el vínculo con: Partidas de Nacimiento y/o matrimonio, en el caso de ser de tutor o curador legal deberá acreditar dicho carácter mediante la documentación que lo designe como tal.
Tramitación Del Beneficio: La solicitud deberá realizarse para su evaluación, entre el 1 de septiembre y el 30 de noviembre del ejercicio fiscal anterior del cual se pretende que el beneficio sea otorgado.

2) Ex Combatientes De La Guerra De Malvinas
a) Ser un ex combatiente de la guerra de Malvinas amparándose en la Ley Provincial 15.027, que contempla la exención sobre una unidad automotor, automóvil o camioneta de uso particular de cualquier marca, modelo y año (siempre que se acredite la titularidad sobre el mismo y residencia en la Provincia de Buenos Aires con antigüedad no inferior a diez (10) años contados a partir de la solicitud de exención).
b) Fotocopia del DNI del solicitante.
c) Acompañar copia de la Licencia de Conducir.
d) Acompañar copia de la Constancia que acredite haber participado en el mencionado conflicto bélico.
Tramitación Del Beneficio: La solicitud deberá realizarse para su evaluación, entre el 1 de septiembre y el 30 de noviembre del ejercicio fiscal anterior del cual se pretende que el beneficio sea otorgado. Si la solicitud se presentara en forma extemporánea, no se podrá implementar el descuento correspondiente en conceptos incorporados en la factura de energía eléctrica.

Los alojamientos turisticos, podran acceder a la exención de la Tasa de Seguridad e Higiene, pudiendo solicitarla hasta el 30 de abril de cada año, de acuerdo a lo indicado en la ordenanza 94/17.

Requisitos:

Nota de petición dirigida al Sr. Intendente.
Copia DNI.
Fotocopia de Habilitación Comercial.
Libre deuda de todas las tasas.

El beneficio deberá realizarse entre el 1 de septiembre y el 30 de noviembre de cada ejerció fiscal, dicha exención solo se hará por un año y lo aprueba el Departamento Ejecutivo por medio de Decreto.

Jubilados y Pensionados:
Copia de DNI
Comprobante de cobro actualizado
Recibo de luz.
Ser jubilado o pensionado percibiendo como único ingreso el haber mínimo de jubilación.
Ser propietario o poseer la vivienda de ocupación permanente y propiedad exclusiva.
No poseer vehículos de una antigüedad menor a doce años, a la fecha de la solicitud de la exención.

Bomberos Voluntarios
Copia de su DNI y de todos los convivientes en la vivienda, y copia recibo de luz.
Ser propietario de vivienda única de ocupación permanente y propiedad exclusiva y habitar en dicha vivienda, no pudiendo poseer terreno y/u otra propiedad ni a su nombre ni al de su cónyuge.
Ser integrante del Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios de General Belgrano.

Ex Combatientes de la Guerra de Malvinas:
Copia de su DNI y de todos los convivientes en la vivienda, y copia del recibo de luz y constancia que acredite haber participado en el mencionado conflicto bélico.
Ser propietario de vivienda de ocupación permanente y propiedad exclusiva.
Para los casos en al que la solicitud sea por primera vez, deberán adjuntar copia de escritura o boleto de compra/venta.

Instituciones de Bien Público:
Deberán ser titular del inmueble, terreno y/o campo deportivo.
Poseer personería Jurídica.
Estar inscriptos en el Registro de entidades de Bien Público.
Presentar último balance aprobado por Asamblea, fotocopia certificada del libro de actas conde conste la elección de las actuales autoridades.

Pasado el plazo para solicitar la exención deberán solicitarlo por expediente, mediante nota dirigida al intendente, dicha solicitud no tiene costo alguno.

Obras Publicas y Planeamiento

Avenida Hipólito Irigoyen esquina Avenida 9 de Julio (Corralón Municipal). / (02243) 45-2383.

La Dirección de Obras Públicas interviene en los siguientes trámites habituales que los vecinos pueden realizar personalmente ante la Dirección:

  • Visado de planos.
  • Liquidación de derechos de construcción.
  • Liquidación de derechos de mensura.
  • Inspección de obras publicas.
  • Inspección de obras particulares.

Asimismo se interviene en todas las obras llevadas a cabo por la comuna, tanto en los bienes de dominio privado como de dominio público municipal, sean ejecutadas por medio de la propia administración, como por medio de terceros.

Bajo la órbita de Obras Públicas, se encuentra el Departamento de Catastro, desde donde se realizan los siguientes trámites:

  • Actualización de cedulas catastrales, titularidad de dominio y partidas inmobiliarias.
  • Informe de actualizaciones a Dirección de Ingresos Públicos.
  • Factibilidad de habilitaciones comerciales.
  • Escrituración de viviendas sociales.-

La Dirección de Planeamiento Municipal, desarrolla su labor en los términos previstos en los artículos 25 y 26 del Título I de la Ordenanza 59/2008 que establece el Código de Ordenamiento Urbano y Usos del Suelo. Entre las funciones de dicha dependencia, corresponde enumerar:

  • Organizar, promover, planificar, asistir y coordinar proyectos para el desarrollo urbanístico y territorial.
  • Elaborar estudios y tareas de investigación, en las áreas de su competencia.
  • Individualizar iniciativas y proyectos a los efectos de ser calificados como de interés urbanístico municipal.
  • Propender el desarrollo de las infraestructuras de apoyo a la producción regional, en especial en las áreas rurales y de servicios.
  • Generar bases de datos estadísticas sobre los distintos aspectos inherentes a su misión elaborando, un sistema de información geográfico municipal, de apoyo a las tareas de desarrollo urbano.
  • Realizar los estudios necesarios para la detección de áreas degradadas o potencialmente mejorables.
  • Asistir el departamento Ejecutivo en la estructuración de proyectos de Desarrollo Urbano y territorial individualizando las acciones tendientes a garantizar la factibilidad técnica, económica y financiera de proyectos de interés municipal.
  • Realizar la propuesta de planes de inversión municipal, incluyendo los servicios asociados al desarrollo urbano y la preservación ambiental.
  • Impulsar, coordinar, asistir técnicamente y controlar los planes estratégicos para el desarrollo urbano y Territorial así como los planes sectoriales.
  • Aprobación y registro de las obras privadas.
  • Aprobación y registro de los Parcelamientos y valuación del suelo.
  • Registro y Estadística demográficas y física urbana.
  • Otorgamiento de los certificados Técnicos y Urbanísticos y de Localización.
  • Oficiar de Secretaria Técnica de los Organismos de Participación Territorial.


En función de lo expuesto, corresponde informar que más allá de la función de asesoramiento interno al propio Departamento Ejecutivo, en lo que atención del público se refiere, esta Dirección de Planeamiento está a disposición de todo aquel particular que desee llevar adelante un desarrollo urbanístico y territorial y requiera asesoramiento para saber cómo llevarlo a cabo y eventualmente certificar la aprobación de los trámites correspondientes. En este último aspecto, quien lleve adelante el desarrollo u obra correspondiente deberá abonar el valor correspondiente a visado de plano y de Derechos de Construcción, previsto en la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente de cada año.

Promoción Social

Juan E. de la Fuente N° 826-Edificio Anexo al Palacio Municipal. / (02243) 45-9000 Interno 215.

Las solicitudes audiencias con la Subsecretaria a cargo del área, se realizan personalmente en los días y horarios de atención ante la misma Oficina.

  • Comestibles:En la sede del área, se puede solicitar entrega de leche y bolsones de alimentos o realizar la gestión de Tarjeta Gris de Alimentos o Dietas especiales, previa realización del Informe Socio-Económico por parte de Trabajadora Social.
  • Subsidios a Familias Carenciadas:En el marco de lo establecido por la Ordenanza 158/2012 y Decretos reglamentarios, desde esta área se pueden gestionar subsidios en efectivo para el pago de alquileres, de servicios básicos o ayudas en situaciones de emergencia, para lo cual se debe realizar previamente un Informe Socio-Económico por parte de Trabajadora Social.

 

    • Entre la última semana del mes de Noviembre y primera semana del mes de Diciembre de cada año, se realiza la inscripción para los renovantes e ingresantes a la Casa Municipal del Estudiante de la Ciudad de La Plata, en los días y horarios de la sede del área, para lo cual se solicitan los siguientes requisitos:


Ingresantes:

    • Nota formal dirigida a la Subsecretaria de Promoción Social.
    • Fotocopia de DNI del estudiante.
    • Constancia de culminación de estudios secundarios.
    • Constancia de inscripción en la Facultad.
    • Programa de estudio de la carrera.
    • Fotocopia de recibos de sueldos del grupo familiar conviviente.
    • Informe Social (presentar anotados N° de Documento y fecha de nacimiento de todos los integrantes del grupo familiar).

Renovantes:

  • Nota formal dirigida a la Subsecretaria de Promoción Social.
  • Fotocopia de DNI del estudiante.
  • Constancia de alumno regular.
  • Analítico de la carrera que estudia.
  • Programa de estudio de la carrera.
  • Fotocopia de recibos de sueldos del grupo familiar conviviente.
  • Informe Social (presentar anotados N° de Documento y fecha de nacimiento de todos los integrantes del grupo familiar).
  • El costo del uso de la Casa del Estudiante es de $2000 (pesos dos mil) según lo establecido por la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.

Para el caso de solicitar Beca en efectivo o Pasajes Estudiantiles, los mismas también se tramitan en los días y horarios en la sede de la oficina, cumplimentando los requisitos establecidos en la Ordenanza 68/2016 que crea y regula lo concerniente al Programa de Becas de Promoción Social y Gorchs, a saber:

  • Poseer domicilio en General Belgrano.
  • Residencia superior a 3 años en General Belgrano.
  • Acreditar, en el caso de alumnos que ingresan por primera vez a la Universidad ó Instituto Terciario:
    1. No adeudar materias de años anteriores.
    2. Estar inscripto en una Universidad y/o Instituto Terciario, público o privado. El otorgamiento de la Beca quedara sujeto a que el alumno supere satisfactoriamente las condiciones de admisión a la Institución a la cual pretenda ingresar, situación que se verificará oportunamente ante las autoridades correspondientes.
  • Acreditar en el caso de ser alumno de Universidades y/o Institutos Terciarios:
    1. Haber aprobado por lo menos tres (3) materias en el año académico anterior, salvo cuando el plan de estudios prevea menos de tres (3) asignaturas anuales, en cuyo caso debe haber aprobado dos (2) como mínimo. A los efectos de la presente Ordenanza se considerará año académico al periodo comprendido entre los meses de Abril y Diciembre.-
  • Acreditar que los ingresos mensuales del grupo familiar del peticionante no sean superiores a dos (2) Salarios Mínimo, Vital y Móvil.
  • Presentar la solicitud, en la Dirección de Promoción Social ó en la Delegación Gorchs, dentro de los primeros quince días del mes de febrero. La misma se deberá renovar cada año calendario.
  • No haber finalizado una carrera de grado universitario.
  • Cumplir con las demás condiciones establecidas en la Ordenanza.
  • Transporte: En la sede del área, se puede solicitar asistencia para traslados por razones de salud, tanto con pasajes de micro, servicio de remis o traslado en Combi Municipal. En todos los casos se debe elaborar Informe Socio-Económico por parte de Trabajadora Social.
  • Fondo Esperanza de Vida: Por medio de la Ordenanza 29/1996 y 37/2004, se inicia ante la sede de la Oficina los trámites para solicitudes de anteojos, prótesis y otros, que se ajustan al denominado Fondo Esperanza de Vida, para el cual se debe presentar Orden Médica, Resumen de Historia Clínica y Presupuesto de lo requerido, para luego realizar Informe Socio-Económico y Ambiental de Profesional y finalmente derivar a la evaluación de la Comisión conformada por Concejales de distintas fuerzas políticas, que definen la aprobación o rechazo de lo solicitado.
  • Abrigo y otros: Las solicitudes estacionales de leña y kerosene, así como el destape de pozos ciegos, se presentan ante la sede de la Oficina y para su aprobación se debe realizar el Informe Socio-Económico y Ambiental por parte de Trabajadora Social.
  • Habitacional: Ante la sede de la Oficina se deben realizar las solicitudes en materia habitacional. Para ello existe la Ordenanza 33/2017 que crea y regula el Fondo Municipal de la Vivienda (FOMUVI), la cual establece las modalidades de aplicación y los requisitos que se deben cumplimentar para cada uno de ellos, sea para reparación de vivienda, ampliación de vivienda, adquisición de lote, construcción de vivienda o adquisición de lote y vivienda. En la Oficina se realiza en forma personalizada la inscripción y carga en el sistema informático correspondiente. En caso de tratarse de reparación o ampliación de vivienda, se puede otorgar la ayuda por medio de subsidio en especie (de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza 158/2012) o a través de Microcrédito del Programa Desde El Pie (regulado por medio de Ordenanza 45/2016).
  • Jardín Maternal Municipal: El Jardín Maternal Municipal, funciona en Avenida 2 de Septiembre entre Avenida Ricardo Balbín y Calle 128 de Lunes a Viernes de 8 a 12 y de 13 a 17 horas. Asimismo existe un Anexo del Jardín en el CIC del Barrio José María, ubicado en Calle 107 esquina Calle 62, que funciona en los mismos días y horarios.

Es un espacio institucional de educación (no formal), destinado a brindar atención y desarrollo integral de niñas y niños de 45 días a 2 años de edad, a través de una alimentación adecuada, estimulación para el desarrollo intelectual, relaciones sociales y actividades lúdicas y pedagógicas acordes a cada edad evolutiva.
La inscripción se debe realizar en el mes de Octubre anterior al año lectivo y lorealizan los padres, tutores o encargados de los niños. La admisión de ingreso se regirá según los siguientes criterios: Los hermanos de niños que ya concurren; niños en situación de vulnerabilidad de derechos (derecho a la alimentación, derecho a la salud, interacción social y derivados por Servicio Local, Juzgado, Fiscalía y Comisaría de la Mujer y la Familia); madre única sostén de familia; hijos de madres adolescentes o en terminalidad de estudios; trabajo inestable del responsable del hogar.
Para la inscripción se debe presentar DNI del niño/a y de los padres o tutores y posteriormente completar una ficha médica, como así también las autorizaciones de los adultos responsables de los niños para determinadas acciones dentro y fuera del Jardín durante el turno en el que se encuentren inscriptos.
El uso de la Guardería Municipal tiene un costo mensual de $700 (pesos setecientos) establecido por la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente, al tiempo que la posibilidad de becar corre por cuenta de la Subsecretaría de Promoción Social.

  • Entrevistas a niñas, niños, adolescentes (NNA) y adultos.
  • Orientaciones al grupo familiar.
  • Derivaciones a otras áreas (salud, promoción social, educación, cultura, deporte).
  • Gestión de transporte, para NNA que deban viajar por cuestiones de salud, audiencias judiciales etc.
  • Asesoramiento legal.
  • Búsqueda de alojamiento de NNA entre 0 y 18 años en situación de calle.
  • Coordinación de vinculaciones entre los NNA y sus familiares.
  • Recepción de denuncias.
  • Formulación de informes, contestación de oficio, carga de actas y entrevistas.
  • Elaboración de estrategias para la restitución de derechos y seguimiento de las mismas.
  • Asesoramiento a entidades educativas, e instituciones que lo soliciten.
  • Reuniones interinstitucionales.
  • Atención de urgencias a partir del teléfono de guardia.
  • Seguimiento de medidas de abrigo.